La celebración de Semana Santa en Sabanalarga es una tradición histórica
que cuenta con más de 200 años de antigüedad. Fue declarada Patrimonio
Religioso Cultural por la Asamblea del Atlántico el 11 de diciembre
del 2007. Es considerada por muchos como la Semana Santa más bella
del Caribe, debido a un sinnúmero de manifestaciones de fervor que enmarcan la
identidad de una celebración única del mundo.
Sabanalarga
a través del tiempo ha sido el epicentro Religioso del departamento del
Atlántico. Los habitantes de Sabanalarga se preparan para estas celebraciones
con mucha anticipación para mostrar una tradición viva de fe, tradición
cultural y devoción. El solo llegar y pisar la plaza principal de la ciudad,
contagia y envuelve al turista en la fragancia del incienso que se quema por
todas las esquinas de la población y, que junto a un sol que pareciera brillar
más que en todos los días del año, le indican que ha llegado a una de las
celebraciones de Semana Santa más famosas y reconocidas de Colombia[[1][1]]. [1]
La organización
de la Semana Santa, ha estado a cargo de distinguidas personas de la
ciudad, que durante todo un año preparan las Solemnidades. Cada detalle de cada
procesión es celosamente cuidado por cada una de las personas que, de
generación en generación y por herencia de sus padres, se convierten por esos
días en ¿cargadores¿, ¿centuriones¿, ¿apóstoles¿ ¿nazarenos¿, ¿samaritanas¿,
¿vírgenes dolorosas¿, ¿trompetero¿, ¿campanero¿, entre otros.
La Semana
Santa en Sabanalarga empieza el viernes antes al Domingo de Ramos,
con la Solemne Procesión de Nuestra Señora de los Dolores, una imagen
que es toda una joya para los sabanalargueros, traída desde España, hace más de
un siglo, y junto al Santo Sepulcro, constituyen el legado querido de todos.
.
TEXTO
PROPUESTO PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 235 DE 2012 CÁMARA, 126
DE 2012 SENADO
por medio
de la cual se declara patrimonio nacional inmaterial la Semana
Santa en el municipio de Sabanalarga, en el departamento de Atlántico.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo
1º. Declárese Patrimonio Nacional Inmaterial la Semana Santa en el
municipio de Sabanalarga, en el departamento del Atlántico.
Artículo
2º. Autorizar al Gobierno Nacional para efectuar las asignaciones
presupuestales en la cuantía necesaria, para que sean incorporadas en las leyes
de Presupuesto de las próximas vigencias, de conformidad con lo establecido en
los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política.
Artículo 3º. El Gobierno Nacional impulsará y apoyará ante los fondos de
cofinanciación y otras entidades públicas o privadas, nacionales e
internacionales, la obtención de recursos nacionales adicionales o
complementarios a las apropiaciones para tal fin.
Artículo
4º. Autorícese al Gobierno Nacional para efectuar los créditos y contracréditos
a que haya lugar, así como los traslados presupuestales que garanticen el
cumplimiento de la presente ley.
Artículo
5º. La presente ley rige a partir de su promulgación, y deroga todas las
disposiciones que le sean contrarias.
De los
honorables Congresistas,
Cordialmente,
Miguel Amín
Escaf,
Representante a la Cámara
Ponente.
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